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jueves, 20 de mayo de 2010

La guerra anaranjada


Desde que llegué a España allá por el 2006, siempre me llamó la atención la sección de zumos de Don Simón. Claramente había estado expuesto a publicidad comparativa anteriormente, pero siempre la recordaba como más sutil: todos recordamos al Desafío Pepsi, donde la botella de Coca-Cola siempre aparecía tapada. Pero después me encuentro con esto, donde se mencionan abiertamente a los competidores, se los tira abajo y tan panchos se quedan. ¿Es esto siquiera legal?

Según Autocontrol, el organismo que regula la publicidad en España, hay tres normas que debe cumplir la publicidad comparativa para poder ser admitida:

La publicidad comparativa es legal y está recogida dentro del ordenamiento jurídico, aunque tiene unos requisitos muy estrictos.
  • Debe recoger información objetiva y veraz.
  • Debe basarse en características esenciales del producto, afines, análogas y objetivamente demostrables, es decir, que se pueda medir de forma objetiva para realizar la comparación.
  • No debe realizarse de forma desdeñosa ni denigrante para el otro producto.
Es entonces cuando me pongo a investigar el caso, y me encuentro con que Don Simón ya venía haciendo esto con otras marcas como Granini o Minute Maid. Actualmente, se encuentra en una batalla con Pascual, con el que se intercambia palos y denuncias a Autocontrol. Vamos, que provocaciones y luego pataletas.

Sin duda que sus publicidades parecen la de los políticos en campañas, con descalificaciones ad hominem más que argumentaciones claras y válidas. Como (futuro) publicista y actual consumidor, cada vez que veo un anuncio por parte de éstos me sienta como una puñalada. ¿Realmente creen que esta estrategia de comunicación es lo mejor? Pues vaya posicionamiento se están llevando, me quedo con mis naranjitas exprimidas.

Con seriedad, señores. Vamos a hacer publicidad de verdad.

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